miércoles, 7 de diciembre de 2011

El Gobierno prorroga las ayudas a la compra de vehículos eléctricos

Con el objetivo de apoyar el desarrollo del vehículo eléctrico en nuestro país, se amplía el periodo de de solicitud de ayudas hasta el 15 de diciembre de 2011 y desde el 1 de enero hasta el 30 de noviembre de 2012. Esta ampliación está motivada por el retraso de gran parte de la oferta prevista de vehículos eléctricos.


El Consejo de Ministros ha aprobado un real decreto a través del cual se amplía, hasta finales de 2012, el plazo para que los usuarios soliciten ayudas directas a la compra de vehículos eléctricos. Así, las ayudas podrán solicitarse hasta el 15 de diciembre de 2011, y entre el 1 de enero y el 30 de noviembre de 2012. Con esta medida, el Gobierno pretende evitar un estancamiento en la demanda de este tipo de vehículo motivada por el retraso, hasta 2012, de la llegada al mercado de muchos modelos eléctricos. 
Por redacción - 29/11/2011
Las ayudas se enmarcan dentro del dentro del Plan de Acción 2010-2012 de la Estrategia Integral para el Impulso del Vehículo Eléctrico en España 2010-2014


Aunque a lo largo de 2011 la industria española ha puesto en marcha planes de fabricación y desarrollo y distintas marcas han ido concretando su oferta de vehículos eléctricos, el Gobierno estima que alrededor del 54 por ciento de los modelos previstos para 2011-2012 han sufrido retrasos, lo que ha afectado a la demanda.

Se espera que en los próximos meses se consolide la oferta de vehículos eléctricos, por lo que la ampliación de las ayudas pretende incentivar la demanda cuando se va a consolidar la oferta.

El estímulo a la demanda de vehículos eléctricos mediante ayudas directas a la compra es una de las medidas incluidas dentro del Plan de Acción 2010-2012 de la Estrategia Integral para el Impulso del Vehículo Eléctrico en España 2010-2014, elaborada por el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio tras debates con los agentes del sector.


CARACTERÍSTICAS DE LAS AYUDASLas ayudas se conceden para la adquisición, operaciones de financiación por leasing financiero y arrendamiento por renting o leasing operativo de vehículos eléctricos nuevos matriculados por primera vez en España, ya sean turismos (categoría M1), furgonetas (N1), furgones (N2), autobuses (M2 y M3), motocicletas (L3e y L5e) o cuadriciclos, tanto ligeros (L6e) como pesados (L7e). 

La cuantía de la subvención individual es del 25 por ciento del precio de venta antes de impuestos del vehículo completo, incluyendo sus baterías propulsoras. Si el vehículo adquirido no incluye sus baterías propulsoras, el porcentaje del 25 por ciento de la ayuda individual pasa a ser del 35 por ciento.

Dependiendo del tipo de vehículo y de su autonomía (en modo exclusivamente eléctrico) se establecen una serie de límites a estas ayudas.

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